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Juzgados · Poder Judicial (juzgados)

Pensión alimenticia: cómo pedirla o exigir su pago

Es el proceso más accesible del sistema hondureño y casi nadie lo sabe: la demanda de alimentos se puede presentar VERBALMENTE ante el juzgado (art. 207-C del Código de Familia), con la sola partida de nacimiento el juez puede fijar pensión provisional (art. 210), y desde que admite la demanda puede avisar a migración para que el demandado no salga del país sin garantía (art. 210-A).

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    Presenta la demanda — puede ser hablada

    La demanda de alimentos y su contestación pueden presentarse verbalmente o por escrito ante el juzgado competente. Si es verbal, el secretario levanta un acta que firman él y las partes; si es escrita y tiene defectos, el propio secretario la corrige en el acto. Y en el juicio de alimentos NO se admiten excepciones dilatorias — no hay forma de estirarlo con tecnicismos (art. 207-C).

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