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Juzgados · Poder Judicial (juzgados)

Herencia: cómo poner los bienes a tu nombre

Ser el hijo o el cónyuge no te hace dueño: hasta que hay una sentencia de declaratoria de herederos inscrita y los bienes se registran, la casa sigue a nombre del fallecido y no se puede vender ni hipotecar. La declaratoria se tramita todavía bajo el Código de Procedimientos Civiles de 1906, porque Honduras no ha aprobado su Ley de Jurisdicción Voluntaria (art. 919 del Código Procesal Civil).

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    Reúne los documentos del fallecido y del vínculo

    Certificado de defunción, las partidas de nacimiento o de matrimonio que prueben el parentesco, y los títulos de los bienes: escrituras, folio real, matrícula del vehículo. Pide en el Instituto de la Propiedad la certificación íntegra del inmueble (L 300.00) para saber exactamente qué está inscrito y a nombre de quién.

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