Licencia ambiental
No es una licencia sino dos: primero la Operativa, que te deja empezar, y después la Funcional, que vale 5 años. Y hay tres cosas que sorprenden al que llega sin asesoría: necesitas contratar sí o sí un Prestador de Servicios Ambientales autorizado, tienes que publicar un aviso en el diario, y el precio no está en ninguna tabla — lo calcula el sistema en línea según tu proyecto.
- Regístrate en el Sistema en línea de Licenciamiento Ambiental
Todo arranca en el sistema en línea de MiAmbiente (SERNA). Ahí se genera después el Reporte Oficial que fija cuánto vas a pagar.
- Contrata un Prestador de Servicios Ambientales (PSA) autorizado
No es opcional: el PSA es el experto que elabora tu Plan de Gestión Ambiental y/o Estudio de Impacto Ambiental. MiAmbiente publica la lista de PSA autorizados, y el propio sistema te obliga a elegir uno de esa lista antes de continuar. Con él obtienes el pre-dictamen técnico del proyecto: costos, medidas de control ambiental y los requisitos de tu categoría.
- Paga: TGR-1, depósito de inspección y garantía bancaria
Son tres pagos distintos. (1) El costo de la licencia: se anota el monto de «Inversión por Licenciamiento» del Reporte Oficial en la casilla 12209 «Otras Licencias» del formulario TGR-1 de SEFIN y se paga en cualquier banco. (2) El depósito para la primera visita de los inspectores de la DECA, en BANADESA, a la cuenta del Fondo Rotatorio de DECA 02-001-000131-0, por el monto de «Pago primera visita DECA». (3) Una garantía bancaria que respalda la Licencia Operativa, por el monto que indique el mismo reporte.
- Publica el aviso en el diario — y cuida los plazos
El aviso de solicitud de licencia ambiental va en un octavo (1/8) de página en un diario de mayor circulación local y/o nacional, indicando el proyecto, su giro, su ubicación y la intención de solicitar la licencia. Debe publicarse 3 días consecutivos, y la solicitud se presenta dentro de los 5 días posteriores a la publicación: el recorte tiene una validez de 5 días hábiles y debe llevar el nombre del diario y la fecha.
- Solicita y retira la Licencia Operativa
Con el Informe de Validación Ambiental y la Declaración Jurada del PSA, envías la solicitud por el sistema y luego la presentas en ventanilla con: escritura de constitución, RTN, DNI, recibo TGR-1 cancelado, comprobante del depósito, garantía bancaria, carta poder si aplica, el recorte de la publicación y el certificado de autenticidad de las fotocopias. Firmas el Contrato de Cumplimiento de Medidas de Mitigación o Control Ambiental y retiras la Licencia Operativa — que es temporal y pierde valor cuando salga la Funcional.
- Inspección de DECA y Licencia Funcional (5 años)
Los inspectores de la DECA visitan el sitio: ahí se presenta el SINEIA F-02 y las constancias que apliquen a tu proyecto — ICF, factibilidad del INSEP, constancia de la UMA municipal, Instituto Hondureño de Antropología e Historia, credencial del alcalde. Después presentas en ventanilla la Solicitud de Licencia Funcional con el título de propiedad y el resumen del Plan de Gestión Ambiental, y retiras la licencia: vigencia de 5 años.
- Registro en el Sistema en línea de Licenciamiento Ambiental
- Prestador de Servicios Ambientales (PSA) autorizado por MiAmbiente, elegido de su lista oficial
- Recibo TGR-1 cancelado (casilla 12209 «Otras Licencias») + comprobante del depósito a BANADESA + garantía bancaria
- Informe de Validación Ambiental y Declaración Jurada del PSA
- Escritura pública de constitución, RTN y documento de identidad (carta poder si actúa un representante)
- Recorte de la publicación del aviso (1/8 de página, 3 días consecutivos) y certificado de autenticidad de las fotocopias
- SINEIA F-02, título de propiedad y resumen del Plan de Gestión Ambiental
- Constancias según el proyecto: ICF, INSEP, UMA municipal, Instituto Hondureño de Antropología e Historia
📊 La categoría manda. El Acuerdo Ministerial 016-2015 (Tabla de Categorización Ambiental) clasifica los proyectos en categorías 1 a 4 según su magnitud e impacto, y de ahí salen los estudios que te van a pedir. Las categorías 1 y 2 siguen exactamente la misma ruta de 16 pasos; lo que cambia es la profundidad técnica del trabajo del PSA. ⚖️ Base legal: Ley General del Ambiente (art. 5), Acuerdo Ejecutivo 008-2015 (Reglamento del SINEIA), Acuerdo Ministerial 016-2015 (Tabla de Categorización, Anexo 3) y art. 60 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos. ⚠️ Verifica en MiAmbiente el número de cuenta de BANADESA y los formularios antes de pagar: el portal de trámites del Estado puede estar desactualizado.